Plan para la Mejora de la Regulación Económica en Andalucía. Horizonte-2024

134 ¿Cuándo está permitida una autorización? Siendo la autorización el medio de intervención administrativa que más limita el acceso a una ac- tividad económica y su ejercicio, la LGUM en su artículo 17.1 establece cuándo puede ser exigible: “1. Se podrá establecer la exigencia de una Autorización siempre que concurran los principios de necesidad y proporcionalidad, que habrán de motivarse suficientemente en la Ley que es- tablezca dicho régimen. Cuando el régimen de autorización se exija por norma comunitaria o tratado internacional las autorizaciones podrán estar previstas en una norma de rango inferior a la Ley. Se considerará que concurren los principios de necesidad y proporcionalidad para la exigencia de una autorización: 1. Respecto a los operadores económicos, cuando esté justificado por razones de orden públi- co, seguridad pública, salud pública o protección del medio ambiente en el lugar concreto donde se realiza la actividad, y estas razones no puedan salvaguardarse mediante la presen- tación de una declaración responsable o de una comunicación. 2. Respecto a las instalaciones o infraestructuras físicas necesarias para el ejercicio de activida- des económicas, cuando sean susceptibles de generar daños sobre el medio ambiente y el entorno urbano, la seguridad o la salud pública y el patrimonio histórico-artístico, y estas ra- zones no puedan salvaguardarse mediante la presentación de una declaración responsable o de una comunicación. 3. Cuando por la escasez de recursos naturales, la utilización de dominio público, la existencia de inequívocos impedimentos técnicos o en función de la existencia de servicios públicos so- metidos a tarifas reguladas, el número de operadores económicos del mercado sea limitado. 4. Cuando así lo disponga la normativa de la Unión Europea o tratados y convenios internacio- nales, incluyendo la aplicación, en su caso, del principio de precaución”. ¿Cuándo está permitida una declaración responsable? La LGUM en su artículo 17.2 establece cuándo puede ser exigible: “2. Se considerará que concurren los principios de necesidad y proporcionalidad para exigir la presentación de una Declaración Responsable para el acceso a una actividad económica o su ejercicio, o para las instalaciones o infraestructuras físicas para el ejercicio de actividades eco- nómicas, cuando en la normativa se exija el cumplimiento de requisitos justificados por alguna razón imperiosa de interés general y sean proporcionados.” Las razones imperiosas de interés general están definidas en el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio , limitadas a las siguientes: el orden público; la seguridad pública; la protección civil; la salud pública; la pre- servación del equilibrio financiero del régimen de seguridad social; la protección de los derechos, la seguridad y la salud de los consumidores, de los destinatarios de servicios y de los trabajadores; las exigencias de la buena fe en las transacciones comerciales; la lucha contra el fraude; la protección Plan para la Mejora de la Regulación Económica en Andalucía Horizonte-2024 Anexo I. Principios Básicos de la Regulación Económica Eficiente

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