Plan para la Mejora de la Regulación Económica en Andalucía. Horizonte-2024

Plan para la Mejora de la Regulación Económica en Andalucía Horizonte-2024 6. Líneas de Actuación: Medidas y Actuaciones Específicas 95 MEDIDA 6.3.2.4. Adaptar la normativa de los Consejos Reguladores del Vino a la normativa europea. Dentro de las actuaciones en el ámbito de la industria agroalimentaria, puede señalarse que en el sector Vitivinícola en Andalucía, mediante el citado Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, se ha proce- dido a la modificación de la Ley 10/2007, de 26 de noviembre, de Protección del Origen y Calidad de los Vinos de Andalucía , para aclarar y simplificar el sistema de verificación del cumplimiento de los vinos con denominación de origen o con denominación de origen calificada antes de su comer- cialización, estableciendo, también, un sistema homogéneo de control y certificación de los vinos, que evite la existencia de modelos distintos. Así, mediante el artículo 12 del citado Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, se lleva a cabo la reforma de la citada Ley 10/2007, de 26 de noviembre, contemplando la posibilidad de que el control pue- da ser realizado por Consejos Reguladores tutelados. De esta manera, se contribuye a agilizar las operaciones comerciales de del sector, y, con ello a mejorar el funcionamiento de los operadores agroalimentarios andaluces. En concreto se han realizado las siguientes actuaciones de simplificación administrativa en el sector vitivinícola: ACTUACIÓN 6.3.2.4.1. Simplificación del sistema de verificación de los vinos con denominación de origen. ACTUACIÓN 6.3.2.4.2. Implantación de un sistema homogéneo de control y certificación de los vinos de los vinos. ACTUACIÓN 6.3.2.4.3. Actualización del procedimiento de registro de figuras de calidad diferenciada. ACTUACIÓN 6.3.2.4.4. Actualización del procedimiento de autorización, suspensión y revocación de los Consejos reguladores. ACTUACIÓN 6.3.2.4.5. Simplificación del marco normativo aplicable al organismo de evaluación de la conformidad. MEDIDA 5.3.2.5. Evaluar el procedimiento relativo a las balsas agroalimentarias. Estos procedimientos se encuentran regulados en el Decreto 281/2002, de 12 de noviembre, en materia de depósitos de efluentes y líquidos o de lodos procedentes de actividades industriales, mineras y agrarias, y que fueron incluidos en el Anexo II de la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medi- das normativas para reducir las trabas administrativas para los operadores económicos.

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