Plan para la Mejora de la Regulación Económica en Andalucía. Horizonte-2024
Plan para la Mejora de la Regulación Económica en Andalucía Horizonte-2024 6. Líneas de Actuación: Medidas y Actuaciones Específicas 90 6.3.1. Área Facilitar la implantación de las iniciativas emprendedoras o empresariales en el medio rural MEDIDA 6.3.1.1. Mejorar y Simplificar el procedimiento de tramitación de los Informes sectoriales o los Planes Especiales o Proyectos de Actuación urbanísticos. Las líneas básicas de este apartado se centran en determinados aspectos, de simplificación y agili- zación de los trámites para conseguir reducciones significativas en el tiempo de tramitación en los expedientes de implantación física en las zonas rurales de las iniciativas emprendedoras o empre- sariales. Como es sabido, los procedimientos administrativos tienen por finalidad garantizar que se cumplan los criterios de legalidad y seguridad jurídica, y específicamente conseguir un equili- brio entre el respeto al procedimiento, las razones de interés general que se deben proteger y la necesaria agilidad y simplificación, que evite duplicidades, solapamientos o retrasos; al objeto de conseguir la mayor eficiencia para el desarrollo de las iniciativa emprendedoras y empresaria- les generadoras de riqueza y empleo. Un principio necesario a implantar es el de la tramitación conjunta y simultánea de todos los trámites, evitando duplicidades. De esta forma cuando en el procedimiento de autorización o li- cencia de una iniciativa con impacto económico sea preciso solicitar varios informes sectoriales, el órgano competente para dictar la resolución final debe solicitar la emisión, de modo simultá- neo, de todos los informes que resulten preceptivos. Asimismo, como medida de agilización, se considera necesario evitar solapamientos de forma, que cuando un mismo órgano sectorial deba informar a varios efectos, debe emitir un único informe que abarque los distintos aspectos sobre los cuales deba pronunciarse. Por otra parte, en cuanto a la problemática derivada del tiempo de emisión de los informes que deban solicitarse a los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía, como consecuencia de las afecciones sectoriales del proyecto emprendedor o empresarial, es necesario establecer un plazo general máximo, así como abordar los problemas derivados del silencio y, en concreto, de aquellos supuestos en que se suele producir una demora en su emisión, estableciendo que en esos supuestos tendrán la consideración de favorables a la implantación de la iniciativa, limitándose a aquellos aspectos que resulten de competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Andalucía y siempre bajo el respeto a la legislación básica estatal. De este modo, a través de las previsiones contenidas en este apartado, y las reformas legales apli- cables a todos los procedimientos en los que concurran este tipo de trámites, se trata de simpli- ficar la gestión y reducir notablemente el tiempo de respuesta de la Administración andaluza. Las medidas planteadas en coherencia con todo lo anterior serían las siguientes: ACTUACIÓN 6.3.1.1.1. Simplificación y agilización de la tramitación de los informes necesarios para la implantación en el ámbito rural de las iniciativas emprendedoras o empresariales, en relación al plazo de emisión y los efectos de la falta de emisión en plazo.
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