Plan para la Mejora de la Regulación Económica en Andalucía. Horizonte-2024
42 ● Los procedimientos para la inscripción en los registros dependientes de la Comunidad Autó- noma y la obtención de autorizaciones autonómicas, en los que proceda reducir a lamitad los plazos, con un máximo de tres meses desde su inicio. ● Los procedimientos administrativos que afecten a la actividad emprendedora en los que co- rresponda establecer el silencio positivo, de acuerdo con los términos previstos por la legisla- ción básica sobre procedimiento administrativo común. ● Los procedimientos de tramitación de ayudas e incentivos a los autónomos, que tendrán un plazo máximo para resolver y notificar de tres meses desde su inicio, y de dos meses para ha- cer efectivo el pago una vez publicada la resolución de concesión de las ayudas e incentivos.” Junto a dichas actuaciones, la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de Unidad de Mercado (LGUM) , establece el marco general básico de cara a la posibilidad de imponer límites al acceso a una actividad económica o a su ejercicio. Así, en su artículo 5 se dispone que: “1. Las autoridades competentes que en el ejercicio de sus respectivas competencias establez- can límites al acceso a una actividad económica o su ejercicio de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de esta Ley o exijan el cumplimiento de requisitos para el desarrollo de una activi- dad, motivarán su necesidad en la salvaguarda de alguna razón imperiosa de interés general de entre las comprendidas en el artículo 3.11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. 2. Cualquier límite o requisito establecido conforme al apartado anterior, deberá ser propor- cionado a la razón imperiosa de interés general invocada, y habrá de ser tal que no exista otro medio menos restrictivo o distorsionador para la actividad económica.” De esta forma, la LGUM establece los principios de necesidad y proporcionalidad de las actuacio- nes de las autoridades competentes, determinando que la libre iniciativa económica solo se excep- cionará justificadamente cuando concurra alguna“ Razón Imperiosa de Interés General ”. A partir de dichos principios, la LGUM regula cuándo y en qué condiciones se pueden establecer los límites a la actividad económica, así como el posible grado de dicha intervención. 6.1.2. Roles y participantes en la evaluación y actuaciones de simplificación A los efectos del trabajo a desarrollar en el marco de la evaluación de los procedimientos adminis- trativos y su simplificación, Andalucía cuenta con un activo importante, como es la Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía (en adelante ACREA). Esta Agencia tiene entre sus fines el contribuir a mejorar la regulación económica de la Comunidad Autónoma, y como tal, lleva desarrollando la labor de identificación de trabas administrativas durante los últimos años, y especialmente desde 2011. No obstante, la labor de evaluación y simplificación de los procedimientos administrativos debe recaer en los responsables de su aplicación. Son los gestores responsables de los procedimientos quienes tienen competencia para evaluar la necesidad de salvaguardar el interés general, y la pro- porcionalidad de las restricciones a la actividad económica. Plan para la Mejora de la Regulación Económica en Andalucía Horizonte-2024 6. Líneas de Actuación: Medidas y Actuaciones Específicas
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